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Temas de Cooperación Internacional para el Desarrollo

La cooperación descentralizada española I. E. Ruz y E. R. Fuentes mayor permanencia de la acción autonómica y avanzar en la profesionali- zación de los agentes locales de cooperación para el desarrollo y al mismo tiempo lograr mayor proyección internacional. La promulgación de estas leyes y el surgimiento de agencias subnacio- nales de cooperación reflejan el cambio en la cooperación internacional para el desarrollo al legitimar a otros actores más allá de los Estados-nación, pero aun en los debates internacionales no están totalmente reconocidos, lo que hace que ocupen una posición marginal en el Sistema Internacional de Cooperación. En contraste con las ca, los entes locales se desenvuelven con un marco jurídico e institucional más precario e insuficiente, que no regula de manera clara ni los objetivos prioritarios ni la forma de gestionar y evaluar los proyectos de desarrollo en el exterior. La proliferación de leyes, agencias de cooperación autonómicas o re- gionales y las burocracias que implican, nos hacen cuestionar sobre si real- 79 mente contribuyen a la consolidación de la ayuda al desarrollo o significan un reto más para su coordinación. Los fondos de cooperación y solidaridad Los fondos de cooperación y solidaridad representan el elemento más distinti- vo del modelo español de cooperación descentralizada, es un referente claro del sector. Estos fondos son organismos sin ánimo de lucro donde se reúnen ayuntamientos y otras instituciones públicas y privadas con el objetivo de con- tribuir a mejorar las condiciones de vida de los países en desarrollo mediante la constitución y la gestión de un fondo económico que posibilite una coope- ración descentralizada y que promueva un desarrollo sustentable, pugnando por destinar 0.7% del producto interno bruto a la ayuda pública para el de- sarrollo. Se regulan mediante estatutos aprobados por las entidades socias; se constituyen en espacios de coordinación; administran recursos mancomuna- dos y se gobiernan mediante órganos de decisión colectiva (véase cuadro 3). La Confederación de Fondos de Cooperación y Solidaridad (1995) agru- pa a los fondos de cooperación que hay en el Estado español (véase mapa 3), entre sus funciones están: a) Coordinar los nueve fondos miembros. D. R. © 2010, Instituto Mora Se autoriza la reproducción total o parcial de este artículo, siempre y cuando se cite la fuente.


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